Las herencias no son de obligada aceptación, el heredero tiene la opción de hacer una renuncia formal o repudiación de tal forma que los efectos que le son legados queden libres. Tanto la aceptación como la renuncia de una herencia son actos voluntarios y totalmente libres, pero sí es importante aclarar que no existen renuncias parciales. Un particular acepta o renuncia a una herencia en su totalidad.
¿Cómo se renuncia a una herencia?
Para renunciar a una herencia se debe acudir a una notaría, pues el acto debe de hacerse ante notario para que éste de validez a la repudiación formal. La renuncia es tan sencilla como dar una respuesta negativa ante notario y que éste lo haga constar en el expediente, sin mayores complicaciones que esto.
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Motivos para renunciar a una herencia
La complejidad de una herencia y las implicaciones que conlleva la aceptación de la misma es lo que hace más complicada la ecuación y puede hacer que sea necesario recurrir a los servicios legales de un buen abogado. Aceptar una herencia puede implicar muchas cosas, pues en un testamento se pueden legar propiedades, bienes materiales o dinero en efectivo, pero también deudas. Es por eso que conviene estudiar bien las implicaciones de una herencia antes de aceptarla o repudiarla.
Un motivo lógico para decir que no a una herencia es que ésta conlleve un peso económico importante para nosotros en forma de deudas. Si el valor de todo lo que vamos a recibir es menor de lo que vamos a tener que pagar por ello y no hay implicaciones emocionales que puedan paliar la pérdida económica, estará más que justificada la renuncia. Esta es precisamente la diferencia entre legado y herencia, que en el segundo caso los beneficiarios también deben hacerse cargo de las deudas.
Otro motivo bastante habitual para renunciar a una herencia no es tanto por no querer aceptarla como por no poder hacerlo. El hecho de heredar una serie de propiedades implica el pago del impuesto de sucesiones y si no se dispone de este dinero, la herencia no es recomendable que se acepte. El importe del Impuesto de Sucesiones y Donaciones depende de la comunidad autónoma o del valor de la herencia.
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